viernes, 10 de febrero de 2012

Solicitudes presentadas por el Colectivo Profesional de la Policía Municipal

La sección sindical de Sindicato Colectivo Profesional de Policía Municipal de La Cabrera ha presentado en el registro del Ayuntamiento de La Cabrera dos solicitudes:

  • Una pidiendo documentación: copia del acta del pleno del 17 de enero, del decreto de alcaldía por el que se nombra Jefe de Policía y del nombramiento: Documento
  • Y la otra, en la que se solicita la anulación del nombramiento del jefe de policía: Documento.

10 comentarios:

  1. Parece que ya tenemos el lío en marcha,no podía ser de otra forma y ahora que ocurre?
    Imagino que el Ayuntamiento tiene tres meses para contestar diciendo que le parece muy bien los escritos les entregara los documentos y no contestara( todo lo que diga puede ir en su contra). Pasaran los tres meses , silencio administrativo y días después la denuncia, contra el Alcalde y contra el que acepta el puesto.
    Un par de años después alguien decidirá, si el decretazo fue legal o decretazo y en ese caso de ilegal, si el señor juez encuentra indicios de venganza, o cualquier de las otras causas imputara a los dos , declarara nulo el nombramiento y lo mismo que en ocasiones diversas inhabilitara al alcalde durante 3,4,5,etc años , dependiendo como en el fútbol de la voluntariedad con la que tomo la decisión.
    Al nombrado le colocara una sanción y le quedara una cruz en el expediente para la próxima vez que se presente voluntario .
    Si el nombramiento ha sido correcto segun el juez es cuando el nombrado tendra que empezar a mandar y tendra que hacerlo bien por lo menos con este alcalde, con el proximo,nuevamente a comenzar hasta que todo vuelva a la normalidad, esa normalidad que todos sabemos cual es, nombrar cabo a alguno de los dos antiguos y subir el suldo a todos al nivel de otros pueblos
    Lo que no entiendo de esta ultima fase, es porque no han pedido una copia del convenio firmado en Noviembre de 1994. Este es un dato nuevo la teoría de todos los que estábamos opinando se partía de que no había convenio. Que mas pondrá el convenio y esto lo sabrían los que mandan? y los policías nuevos? y si los piden el convenio y no lo encuentran? . Al final, se marcharan de copas y lo arreglaran, o tendran una coleccion de pleitos .

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  2. Los polis aburris un poquito ya, no os parece? empezar a trabajar un poco que ya va siendo hora. Estais pidiendo dinero y llevais dos años en el pueblo y no habeis hecho nada, solo quejaros. Que de una manera u otra somos los vecinos los que os pagamos a todos, y no se ve vuestro trabajo por ningun lado. Trabajais 7 dias y descansais otros 7 y solamente 7 horas. Que cobrais poco? no lo se, pero segun estan las cosas ahora no es de recibo que exijais una subida de sueldo.

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    1. Acabo de leer los documentos que han presentado los policías y por ningún sitio he podido leer que soliciten un aumento de sueldo...A ver si va a ser verdad que lo único que pretenden algunos en este foro es meter cizaña.

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  3. Aquí hay mucho listo de leyes, y yo pregunto...la plaza de cabo no es una nueva oposición,para ascender? entonces como se la van a dar a uno de los antiguos? eso según el código penal, es PREVARICACION! las plazas no se dan, se ganan opositando.

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    1. Estimado anónimo, como siempre tienes razón, tienen, o mejor tenían que haber pasado una oposición para ser cabo, no podemos saber si cumplirían los requisitos mínimos (los antiguos),si es cierto que existe un reglamento, si no existe, está claro que si los cumplen acogiéndose al reglamento general de CAM.
      En los siguientes capítulos , veras que el Ayuntamiento tiene la obligación de crear la categoría de cabo, simplemente cuando exista cuerpos de policía local., dos cabos cuando haya 8 policías. Vuelve a repetirse en el artículo 55.
      Ahora tienes razón, como el que tiene que cumplir no cumple, tienes dos opciones o te metes en líos o te quedas quieto. También podían haberla convocado ahora la oposición , antes del decretazo , pero mejor un jefe. Esta vez se han movido, el resultado se verá en capítulos posteriores

      CAPÍTULO II
      De la configuración de las plantillas de los Cuerpos de Policía Local

      Artículo 17. Creación de categorías.


      6. La categoría de Cabo será obligatoria cuando exista Cuerpo de Policía Local.

      TÍTULO IV
      Promoción interna y movilidad
      CAPÍTULO PRIMERO
      Promoción interna
      Artículo 55. Casos en que procede la promoción interna.
      1. De conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, los Ayuntamientos deberán realizar, sin perjuicio de las opciones municipales a la vía de movilidad que regula la Ley de Coordinación de Policías Locales, convocatorias de promoción interna entre los integrantes del Cuerpo de la Policía Local respectivo que reúnan los requisitos exigidos en la citada Ley y en las presentes Normas Marco, cuando se trate de cubrir plazas correspondientes a las categorías de Cabo, Sargento y Suboficial.
      Artículo 70.- Promoción profesional.
      Se les reconoce, igualmente, el derecho a una adecuada promoción profesional, de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad.
      Un saludo, y sobre todo no te enfades

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  5. Tendria que existir en la plataforma, el perfil de: "Politico anonimo" Por que a estos tres se les ve a leguas.
    Menuda gana de meter siempre cizaña.

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    1. no se a que tres te refieres. Aclaralo por favor

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    2. En la plataforma, ya existe, político anónimo,no entiendo nada del comentario, por supuesto tampoco lo de los tres,

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  6. He oido comentar en un bar que la comunidad de madrid da 2.400 euros al ayuntamiento por cada uno de los policías todos los meses, pero los policías cobran 1.200, no se si es verdad pero si es asi cobran mucho menos que los cajeros del mercadona y con la responsabilidad que tienen

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